EL TRIBUNAL DICTAMINA QUE LOS DEUDORES DEL CAPÍTULO 13 NO PUEDEN MODIFICAR EL PLAN MODELO
Basándose en los fallos de un tribunal de bancarrota, los deudores de una bancarrota del capítulo 13 de Florida no pueden hacer un cambio en su plan modelo de quiebra sin pasar por el proceso de modificación formal. El caso, que fue visto por un tribunal de Bancarrota de California, se refería a cinco deudores que cambiaron sus planes modelo para poder obtener una aprobación de la gestión en cualquier momento después de pagar el plan y obtener la confirmación. El cambio habría evitado que el fideicomisario distribuyera cualquier exceso de fondos.
El argumento de los deudores de la bancarrota del Capítulo 13 era que ni los fideicomisarios ni los acreedores se oponían al cambio. Sin embargo, el tribunal de bancarrota argumentó que la Sección 1329 del Código de Bancarrota cubría la forma en que debía modificarse dicho plan y que no se permitía una desviación de la misma. Declaró que toda modificación importante de la duración de un plan debía modificarse oficialmente a través del sistema jurídico.
En virtud del capítulo 13 de la ley de bancarrota, los deudores proponen un plan de pago para reembolsar a algunos acreedores en un plazo de tres a cinco años. El plan tiene que ser aprobado.
Llame a su abogado de Bancarrota
305-239-4699