¿PERDERÉ TODOS MIS BIENES SI ME DECLARO EN BANCARROTA BAJO EL CAPÍTULO 7?
La bancarrota del capítulo 7 a veces se llama «bancarrota de liquidación». Mucha gente interpreta esto como que la persona que se declara en bancarrota perderá todo lo que posee. Este no es el caso. De hecho, la quiebra según el Capítulo 7 puede ayudarle a asegurarse de no perder todo lo que posee. Por eso hay leyes de bancarrota en la Florida que están diseñadas para ayudarle y protegerle.
Las exenciones de bancarrota protegen muchos activos de los acreedores. Una «exención» significa que el síndico de la quiebra no puede tomar ese activo y venderlo para pagar a los acreedores. Como resultado de las exenciones de bancarrota, la mayoría de las personas que se declaran en bancarrota no pierden nada más que sus deudas.
Cuando se presenta en una quiebra en Florida, puede conservar muchos de sus bienes personales a través de las exenciones de la quiebra, entre ellas:
- Capital ilimitado en su propiedad (no más de medio acre en una ciudad o 160 acres en el país)
- Un coche o camión que no vale más de 1.000 dólares.
- Los salarios pagados a usted en los últimos seis meses, hasta ciertos límites.
- Los pagos de la pensión alimenticia y la manutención de los hijos de su ex.