Verificada

Juan Rojano Trujillo

  • Abogado en Málaga
  • Cerrado
  • 4.4
    (73)
Juan Rojano Trujillo
Juan Rojano Trujillo
hace 3 años
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Málaga ha cambiado su criterio respecto a las revisiones de grado de incapacidad permanente iniciadas de oficio por la Entidad Gestora, y es que el que la tesis que venía siguiendo respecto de las mismas era, en resumen, que no se podía, a través de estas resoluciones denegatorias, solicitar un grado de incapacidad mayor al reconocido inicialmente. Pues este despacho ha obtenido una Sentencia favorable que, no sólo mantiene el grado de Incapacidad permanente Absoluta para nuestro cliente, conseguido en Primera Instancia, si no que además, como adelantamos, consigue que el TSJA de Málaga manifieste que “ a la luz de la doctrina del Tribunal Supremo que cita la parte Recurrida en su escrito de impugnación de recurso, debe cambiar su criterio para acomodarlo a la Jurisprudencia del alto Tribunal”
El Tribunal Supremo proclama en varias Sentencias que los Directores Provinciales del INSS deberán dictar resolución (en los expedientes de revisiones de grado de invalidez) sin estar vinculados por las peticiones concretas de los interesados, añadiendo “por lo que podrán reconocer las prestaciones que correspondan a las lesiones existentes o a la situación e incapacidad parecidas, ya sean superiores o inferiores a las que deriven de las indicadas peticiones” Es por tanto lógico pensar que la resolución administrativa califique la situación del beneficiario aún contra sus intereses, cuando fue él quien instó la revisión.
Este sitio web usa cookies de Google para ofrecer sus servicios. Al usar este sitio, aceptas su uso de cookies.