Buenos días. Hoy comentamos una Sentencia del Tribunal Supremo difundida el pasado jueves, decisión que fue tomada el miércoles por el pleno la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo en atención a cinco causas diferentes que afectan a Bankia, Liberbank, la Unión de Créditos Inmobiliarios (UCI), Banco Santander y la Caja Rural de Asturias. La decisión viene a resolver el dilema judicial abierto por el propio Tribunal Supremo en diciembre de 2015, cuando declaró nula, por abusiva, la cláusula habitual de reparto de gastos en la que la banca obligaba a sus clientes a cargar con todos los gastos de constitución de la hipoteca.
El tribunal no había aclarado hasta ahora, sin embargo, cómo debe quedar el reparto lo que había llevado a buena parte de los jueces que anulaban estas cláusulas a cancelarlas obligando a las entidades a restituir el coste trasladado al cliente. La banca, por su parte, comenzó a ofrecerse a compartir parte de los gastos para evitar que todas sus hipotecas acabaran siendo objeto de demandas judiciales.
El alto tribunal establece así que entidades financieras y consumidores deberán repartirse los gastos notariales, de registro y gestoría de constitución de los préstamos para la compra de vivienda.
El reparto de los gastos de constitución de las hipotecas se ha convertido en los últimos años en uno de los principales frentes judiciales de los consumidores contra la banca.