Buenas tardes, Hoy comentamos las vacaciones de los trabajadores con contrato a tiempo parcial.
Muchos empleados que realizan su jornada a tiempo parcial, consideran que sus vacaciones también son parciales.
Según el art.38 del Estatuto de los Trabajadores en su apartado 1 que “El periodo de vacaciones anuales retribuidas (…) En ningún caso la duración será inferior a treinta días naturales” . Es decir, no hace distinción alguna entre tipos de contratos. Son vacaciones retribuidas, 30 días naturales al año.
Para mayor abundancia en la legalidad vigente, se debe tomar como prueba lo dispuesto en el art. 12 del mismo texto. En el punto 4 apartado d), se afirma literalmente: “Los trabajadores a tiempo parcial tendrán los mismos derechos que los trabajadores a tiempo completo”.
Del mismo modo con respecto a la cuantía de retribución de las vacaciones, se tiene que aplicar la regla de proporcionalidad . De este modo, los días de vacaciones retribuidos a tiempo completo que corresponden al trabajador a tiempo parcial son los equivalentes a un trabajador a tiempo completo en la parte proporcional de los días trabajados.
También se aplica el principio de igualdad en relación a festivos y descanso semanal salvo que los trabajadores hubieran sido contratados para trabajar en sustitución de los que descansan.