Buenas tardes. Comentar, como ya habréis tenido oportunidad de conocer, que el Tribunal Supremo ha dictado un Sentencia que establece que convivir con una nueva pareja extingue el derecho al uso de la vivienda familiar tras el divorcio
El Pleno de la Sala Primera del Tribunal Supremo ha dictaminado que la convivencia estable con una nueva pareja extingue el derecho al uso de la vivienda familiar tras el divorcio, pronunciándose así por primera vez sobre el uso de la vivienda familiar en caso de divorcio sin acuerdo al revisar una sentencia de la Audiencia Provincial de Valladolid, que había sido recurrida.
El Supremo establece que "la introducción de un tercero en la vivienda, en manifiesta relación estable de pareja con el progenitor que se benefició del uso por habérsele asignado la custodia de los hijos, cambia el estatus del domicilio familiar, de igual modo que afecta a otros aspectos como la pensión compensatoria e incluso el interés de los hijos, porque introduce elementos de valoración distintos de los que se tuvieron en cuenta inicialmente".
La sentencia precisa que el fallo "no niega, al amparo del derecho a la libertad personal y al libre desarrollo de la personalidad, que se puedan establecer nuevas relaciones de pareja con quien se estime conveniente, lo que se cuestiona es que esa libertad se utilice en perjuicio de otros", en este caso, el progenitor que no tiene la custodia de los niños.