Buenas tardes.
Os traigo una reciente Sentencia del Tribunal de Justicia Europeo que ha dado la razón a Bankia sobre el despido de una trabajadora embarazada en el marco de un despido colectivo, siempre que se justifiquen los motivos.
En sus argumentos, el TJUE declara que la Directiva 92/85 no se opone a una normativa nacional que permite el despido de una trabajadora embarazada con motivo de un despido colectivo. El Tribunal de Justicia recuerda, en primer lugar, que una decisión de despido que se haya tomado por razones esencialmente relacionadas con el embarazo de la trabajadora es incompatible con la prohibición de despido establecida en dicha Directiva.
Sin embargo, matiza que, “una decisión de despido que se haya tomado, durante el período comprendido entre el comienzo del embarazo y el final del permiso de maternidad, por razones no relacionadas con el embarazo de la trabajadora no es contrario a dicha Directiva”.
Os dejo el enlace de la Sentencia, por si queréis leerla.