CONCILIACION POR GASTOS DE EMBARAZO.
PENSION DE ALIMENTOS POR GASTOS DE EMBARAZO
La mujer embarazada tiene derecho a recibir una pensión de alimentos del padre de su hijo, no es necesario que el niño nazca para recién solicitar una pensión de alimentos. El derecho reconoce que la vida humana comienza desde la concepción.
Cuando hablamos de pensión, debe cubrir lo siguiente:
Comida.
Vestido.
Atención médica
Todo aquello que implique los gastos del embarazo desde la concepción hasta la etapa del postparto.
Como leíste anteriormente, el derecho peruano reconoce que la vida humana comienza desde la concepción y no es necesario que el niño nazca para recién solicitar una pensión de alimentos.
¿Cuáles son los requisitos para realizar una conciliación por pensión alimenticia en mujeres embarazadas?
Debes presentar tu copia de DNI y documentos que acrediten tu estado de embarazo. El estado de abandono, se considera cuando la madre no cuenta con los ingresos suficientes, ni con la ayuda voluntaria del padre del menor.
• Cuando se actué mediante apoderado se tendrá que presentar la vigencia de poder con facultades para CONCILIAR EXTRAJUDICIALMENTE Y DISPONER DEL
DERECHO MATERIA DE CONCILIACION, asimismo se deberá adjuntar cualquiera
de los siguientes documentos según corresponda:
- Certificado de movimiento migratorio (cuando el poderdante domicilia en
extranjero).
- Certificado domiciliario (cuando el poderdante domicilia en provincia).
- Certificado médico (en caso de enfermedad)