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Abogado Sergio Ariel Bareiro

  • Abogado en Oberá
  • Cerrado
  • 4.6
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Abogado Sergio Ariel Bareiro
Abogado Sergio Ariel Bareiro
hace 6 años
La calidad de vida en el trabajo es uno de los fundamentos del concepto trabajo decente surgido de la OIT, éste concepto apunta al pleno respeto de los Derechos Humanos inherentes a toda persona como ser integral. Cuando los principios del trabajo decente no se cumplen pueden aparecer situaciones que desencadenan en numerosas enfermedades. Debido a importantes cambios en los procesos de la globalización y de las organizaciones, la exposición de los trabajadores a los riesgos psicosociales se ha hecho más frecuente e intensa.
En Argentina la Ley de Riesgos del Trabajo en su art. 6 prescribe las contingencias y situaciones que cubre, remitiendo al Decreto 658/1996 de enfermedades profesionales, en las cuales no están incluidas las patologías consecuentes a riesgos psicosociales en el trabajo. Siendo los principales los siguientes:
el estrés

las diferentes formas de violencia en el trabajo: acoso laboral, acoso sexual, inseguridad contractual
burnout o desgaste profesional. No obstante, no estar contemplado dichas enfermedades como laborales, ello no implica que no pueda reclamarse las mismas en base a una Acción por Reparación Integral, siempre claro está, con la acreditación tanto de la patología y su relación causal con las tareas/modalidades/maltratos/hostigamientos efectuados/recibidos en el ámbito laboral, y la omisión del empleador/a de haber adoptado algún tipo de medida tendiente a evitar tales comportamientos disvaliosos para el trabajador.
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