FACTORES PSICOSOCIALES EN EL TRABAJO. EL ESTRES, MOBBING Y BURNOUT COMO ENFERMEDADES LABORALES. REGULACION LEGAL EN ARGENTINA. PARTE 2: Así las cosas, el Baremo Nacional establecido por el Decreto Nº 659/96 solo prevé que “las lesiones psiquiátricas que serán evaluadas, son las que deriven de las enfermedades profesionales que figuren en el listado diagnosticadas como permanentes o secuelas de accidentes de trabajo”, aclarando a su vez que “las enfermedades psicopatológicas no serán motivo de resarcimiento económico, ya que casi la totalidad de estas enfermedades tienen una base estructural. De esta forma se observa un reconocimiento legal como infortunio laboral solamente a las reacciones o desordenes por estrés postraumático, las reacciones vivenciales anormales neuróticas, los estados paranoides y la depresión psicótica, que tenga nexo de causalidad suficiente, relacionado específicamente con un accidente laboral, debiéndose descartar primeramente todas las causas ajenas a esta procedencia, como puede ser la personalidad predisponente, los factores socio-económicos, familiares, etc. Por ello para ser reconocidas como enfermedad profesional, solo queda el camino indicado por el inciso 2 b) del art. 6 de la L.R.T., instando el trámite por ante la Comisión Médica dependiente de la S.R.T., para el reconocimiento de dicha afección como enfermedad profesional no listada, que en dicha instancia administrativa, casi de seguro, no tendrá favorable recepciòn.