FACTORES PSICOSOCIALES EN EL TRABAJO. EL ESTRES, MOBBING Y BURNOUT COMO ENFERMEDADES LABORALES. REGULACION LEGAL EN ARGENTINA. PARTE 5: debiendo también en la vía judicial solicitar por ello, la aplicación de lo que se conoce como “Teoría de la Indiferencia de la Concausa”, que ya tuviera reconocimiento por ante la máxima instancia judicial de nuestro país, al sostener la Corte Suprema que: a)Que tanto una vertiente de cuño legislativo como otra de origen jurisprudencial fueron consolidando el camino que condujo a un principio que rige imperativamente las relaciones de trabajo: el reconocimiento del derecho del trabajador a la reparación de todo daño a su integridad psicofísica que guarde un nexo causal adecuado con el trabajo, fuese este el factor exclusivo, di-recto o inmediato, o no. Incluyendo ello en el ámbito de tutela, por ejemplo, los supuestos en que por razones laborales se viese agravada o acelerada una enfermedad que ya padecía el trabajador, o para cuya adquisición este se encontraba predispuesto. b)Y que al margen de los “criterios” del sistema de riesgos del trabajo referidos a agente de riesgo, cuadros clínicos, exposición y actividad, se impone analizar la procedencia del reclamo indemnizatorio cuando se tiene por probado que la dolencia en juego está causalmente vinculada con la prestación de ser-vicios. (CSJN, “Silva Facundo J. c. Unilever de Argentina S.A.” 18/12/07, TySS, 2008 - 207).