INTERPRETACION HORAS EXTRAS
JORNADA LABORAL. HORAS EXTRAS. LÍMITES DIARIOS Y SEMANALES. INTERPRETACIÓN DE LA LEY. Trabajadora despedida promovió reclamo indemnizatorio laboral. En segunda instancia se condena por indemnizaciones y multas derivadas del despido, pero rechazó el planteo por horas extraordinarias ya que consideró que, al cumplir la actora una jornada diaria de 7 horas de lunes a viernes y 12 horas los días sábado, no superaba el límite semanal de 48 horas previsto en la ley. Se revoca. Se deja sin efecto este pronunciamiento entendiendo que la interpretación de la Cámara se había apartado de la solución prevista en la norma y había eliminado en forma tácita el límite diario, con las graves consecuencias que ello podría provocar en la economía y salud de los trabajadores teniendo en cuenta la jornada de 12 horas que la actora cumplía los días Sábado.
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