Verificado/a

Abogado Sergio Ariel Bareiro

  • Abogado en Oberá
  • Cerrado
  • 4.6
    (9)
Abogado Sergio Ariel Bareiro
Abogado Sergio Ariel Bareiro
hace 6 meses
VARICES PRIMITIVAS BILATERALES COMO ENFERMEDAD PROFESIONAL: Caso de un cliente con mas de diez años de antigüedad, en el rubro de comercio, como vendedor, desempeñando sus tareas de pie durante mas de ocho horas diarias. Ante dolores en ambos miembros inferiores, se le comienza a edematizar, consulta con médico especialista en flebología, donde luego de hacer estudios complementarios se le diagnostíca insuficiencia venosa, se hace la denuncia ante la aseguradora de riesgos del trabajo, quien al poco tiempo, le rechaza el carácter laboral del siniestro por falta de exposición a agentes de riesgo. El Decreto 49/14 ha agregado las VARICES PRIMITIVAS BILATERALES como enfermedad profesional en caso de tareas en cuyo desarrollo habitual se requiera la permanencia prolongada en posición de pie, estática y/o con movilidad reducida, requiriendo también que: “Las tareas descriptas
deben haber sido ejecutadas durante un período mínimo de TRES (3) años, cumplidos en forma continua o discontinua mediante el desempeño en la jornada
habitual de la actividad definida legal o convencionalmente. Por todo ello y con informe médico legal de parte, que avala la relación causal entre dicha patología y las tareas realizadas por el trabajador, es que se inicia el trámite de RECHAZO DE SINIESTRO ANTE LA S.R.T., quien dictamina en base a todo lo expuesto y fundamentado que la ENFERMEDAD del trabajador, tiene carácter LABORAL, ordenándo a la A.R.T. a que le brinde las prestaciones correspondientes
Este sitio utiliza cookies de Google para brindar sus servicios. Si lo utilizas, aceptas el uso de cookies.