La Sala III de la Cámara del Trabajo falló a favor de la indexación de los créditos laborales frente al crecimiento exponencial del fenómeno inflacionario. El Tribunal analizó el contexto económico y su impacto en los litigios. Constituye una tendencia de los últimos años, a raíz del creciente fenómeno inflacionario, y ante la prohibición de indexación, se recurren, sobre todo en matería de daños y perjuicios, y también ahora en los créditos laborales, a otorgarle el carácter de "deuda de valor", lo que permite a los Jueces, valorar y/o actualizar el monto del crédito indemnizatorio, a la fecha de dictar Sentencia, y no fijar los mismos a la fecha del hecho ( accidente, despido etc.), por mas que se aplique alguna tasa de interés