Sumas Aseguradas - Actualización y/o Deuda de Valor
Frente a demandas por destrucción total o robo de vehículos asegurados, las Salas B, C y F de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial resolvieron que, ante la mora en el pago de la obligación por parte de la aseguradora, esta debe cumplir con su obligación y pagar la suma asegurada que sea aplicada al momento del pago por la misma aseguradora respecto de vehículos de similares características. De acuerdo con el criterio de estas salas, ya no sería suficiente pagar la suma asegurada establecida en la póliza con más sus intereses, sino que debería estarse al valor por el cual la aseguradora en cuestión cubre un vehículo de similares características al del reclamo al momento del pago. (Fallos “Gutierrez Daniel c/ Paraná S.A. de Seguros s/ Ordinario”, “B. G. S. y otra c/ Allianz Argentina Compañía de Seguros S.A. s/ Ordinario” y “F., H. E. c/ Sancor Cooperativa de Seguros Limitada s/ Ordinario”).
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