Cuando el empleador despide sin causa al trabajador, debe abonarle lo que se conoce como liquidación final, comprende distintos tipos de rubros indemnizatorios ( antiguedad/despido, preaviso, integración mes despido, sac proporcional, vacaciones proporcional), que lo liquida discrecionalmente la parte patronal, y lo abona normalmente en la misma cuenta sueldo de los haberes ordinarios. Es muy poco frecuente que los trabajadores impugnen y/o cuestionen judicialmente dicha liquidación. Pero es importante asesorarse, sobre todo tratándose de trabajadores con mucha antiguedad, porque pequeñas diferencias entre la mejor remuneración mensual, normal y habitual tomada en cuenta por el empleador, y la que corresponde, puede incidir en una diferencia importante en el cálculo de la liquidación final